Tener una deuda atrasada no significa automáticamente que te convenga entrar a un procedimiento concursal. La renegociación Superir es útil cuando el problema ya es estructural: varias deudas vencidas, mora acumulada y una caja que no alcanza para seguir sosteniendo los pagos.
Si todavía estás tratando de entender qué acreedores tienes o cuánto cuesta realmente una deuda, esta no es la primera guía. En ese caso conviene partir por un diagnóstico de acreedores o por una comparación seria del costo real del crédito. El resto de las salidas relacionadas aparece más abajo.
Mora no es lo mismo que sobreendeudamiento
Antes de seguir, conviene separar tres escenarios:
- Tienes una o dos cuotas atrasadas, pero todavía puedes ordenar el pago. Aquí primero conviene medir el costo real, el prepago o la repactación, no entrar a un proceso concursal.
- Tienes varias deudas activas y no sabes bien qué aparece a tu nombre. Primero ordena acreedores y montos antes de intentar una salida formal.
- Ya tienes varias deudas vencidas, pasan los meses y no ves cómo cumplir sin un acuerdo estructural. Ahí sí esta guía empieza a ser relevante.
Qué es la Superir y qué hace
La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) es el organismo del Estado que administra los procedimientos concursales en Chile — los procesos formales para reorganizar o liquidar deudas de personas y empresas.
Para personas naturales con deudas que no puede pagar, la Superir ofrece la renegociación: un procedimiento donde actúa como mediadora entre tú y tus acreedores para llegar a un acuerdo de pago que sea viable para ambos lados.
No es un tribunal. No es una demanda. No te van a quitar la casa por iniciar este proceso. Es una mesa de negociación con el Estado como árbitro.
Lo que puede lograr una renegociación:
- Reducir el monto de las cuotas mensuales
- Ampliar el plazo de pago
- Obtener una tasa de interés más baja
- Conseguir meses de gracia
- En algunos casos, condonación parcial de intereses y multas
Los tres requisitos que debes cumplir sí o sí
Para poder iniciar la renegociación, debes cumplir los tres al momento de presentar la solicitud:
Requisito 1: Dos o más deudas vencidas, con más de 90 días corridos de mora y que sumen más de 80 UF en total
Ojo con los detalles de esta regla:
- Deben ser dos o más deudas distintas — no sirve una sola deuda grande con un solo acreedor
- Cada deuda debe tener más de 90 días corridos de atraso al momento de presentar la solicitud
- El total de esas deudas vencidas debe superar las 80 UF (~$3.500.000 aproximadamente, según el valor del día)
Error frecuente: Pensar que las 80 UF se refieren a cada deuda individual. No — es el total de todas las deudas vencidas sumadas.
Otro error: Presentar la solicitud cuando recién llevas 60 o 70 días en mora. Si no tienes los 90 días cumplidos en ambas deudas, la Superir rechaza la solicitud.
Requisito 2: No tener movimientos de primera categoría en los últimos 24 meses
Los contribuyentes de primera categoría son empresas y personas que desarrollan actividades comerciales, industriales, mineras, agrícolas o similares con fines de lucro — básicamente quienes tienen RUT de empresa o emiten facturas como negocio.
Si eres trabajador dependiente, pensionado o emites boletas de honorarios, esto no te aplica. Los trabajadores a honorarios pueden usar la renegociación sin problema — ChileAtiende lo confirma explícitamente.
Si tienes dudas sobre tu situación tributaria, revisa en el SII con tu RUT: sii.cl.
Requisito 3: Tener los documentos completos
La solicitud sin documentos completos no se admite. En la siguiente sección te detallamos exactamente qué necesitas.
Los documentos: la parte que más rechazos genera
Este es el paso donde más personas se equivocan. La Superir no admite solicitudes incompletas y te da solo 15 días hábiles para rectificar si falta algo — si no corriges en ese plazo, rechazan la solicitud y debes empezar de cero.
Documentos de identidad
- Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados
- Certificado de matrimonio (si corresponde)
Declaraciones juradas (te las entrega la Superir)
Debes declarar bajo juramento:
- Todas tus deudas, tanto las vencidas como las que estás pagando al día — con documentos de respaldo de cada una
- Todos tus ingresos — con documentos que los acrediten
- Todos tus bienes — con documentos de dominio o inscripción
- Que no te han notificado de una demanda de liquidación ni de juicio ejecutivo en tu contra (excepto laboral)
- Una propuesta de pago para cada deuda que declaraste
Documentos de deudas
- Certificados o estados de deuda emitidos por cada acreedor (banco, retail, cooperativa, etc.)
- Informe de deudas CMF — descárgalo gratis en conocetudeuda.cmfchile.cl
- Certificado del Boletín Comercial — revisa la modalidad de obtención vigente en boletincomercial.cl
Documentos de ingresos
- Liquidaciones de sueldo de los últimos meses (si eres dependiente)
- Certificado de cotizaciones previsionales de los últimos 12 meses, con el RUT de quien te paga
- Carpeta tributaria del SII con Formulario 22 y Formulario 29 (si emites boletas o tienes actividad en SII)
- Información de ingresos de agentes retenedores del año tributario actual y el anterior
Documentos de bienes
- Si tienes propiedades: certificado de dominio vigente, certificado de hipotecas/gravámenes y certificado de avalúo fiscal
- Si tienes vehículos: certificado de anotaciones vigentes del Registro Civil
Tip práctico: Antes de ingresar la solicitud online, la Superir recomienda contactar a sus funcionarios de atención ciudadana para revisar juntos que tengas todo. Evita el viaje en vano — llama primero o revisa sus oficinas regionales.
Fuente: Superir | ChileAtiende
Paso a paso: cómo se hace el trámite
Paso 1 — Reúne todos los documentos
No hay atajo aquí. Consigue cada documento de la lista anterior antes de tocar la plataforma. Una solicitud incompleta solo te hace perder tiempo.
Paso 2 — Ingresa la solicitud online
El trámite se hace en el sitio web de la Superir con tu ClaveÚnica. Hay un manual completo y videos tutoriales disponibles en su sitio.
Si prefieres atención presencial, puedes ir a:
- Santiago: Hermanos Amunátegui 228, de lunes a viernes 09:00–14:00 hrs
- Regiones: superir.gob.cl/oficinas-regionales
Paso 3 — Espera la revisión (hasta 10 días hábiles)
La Superir tiene hasta 10 días hábiles para revisar tu solicitud. Puede:
- Aceptarla y citarte a la primera audiencia
- Pedirte que rectifiques algún antecedente — tienes 15 días hábiles para corregir
- Rechazarla si no cumples requisitos o no rectificaste en el plazo
Paso 4 — Las audiencias (por videoconferencia)
Si aceptan tu solicitud, el proceso continúa con audiencias telemáticas donde participan tú, tus acreedores y la Superir:
Audiencia de determinación de pasivo: Se establece exactamente cuánto debes a cada acreedor. Es la audiencia donde se ponen de acuerdo en los números.
Audiencia de renegociación: Aquí presentas tu propuesta de pago y los acreedores votan. Si la mayoría acepta, se firma el acuerdo con las nuevas condiciones: cuota menor, más plazo, menos interés, meses de gracia, o una combinación de todo.
Audiencia de ejecución (solo si no hay acuerdo): Si no se llega a acuerdo de pago, se discute la venta de bienes para pagar a los acreedores. Es la salida que normalmente se intenta evitar mediante un acuerdo de pago viable; si quieres revisar cifras del sistema, consulta el sitio oficial de la Superir.
Paso 5 — Después del acuerdo
Si se logra el acuerdo, debes ir a cada acreedor a firmar el pagaré con las nuevas condiciones. Además, conviene pedir por escrito la actualización de los reportes y antecedentes comerciales que correspondan, presentando la resolución que certifica el acuerdo, porque ese ajuste no conviene asumirlo como automático.
Errores que te rechazan la solicitud
Estos son los más comunes, para que no los repitas:
Deudas con menos de 90 días de mora. El plazo debe estar cumplido al día de presentar la solicitud, no al día de la audiencia.
Una sola deuda grande. La ley exige mínimo dos acreedores distintos. Una deuda de 200 UF con un solo banco no califica.
Declarar solo las deudas vencidas. La declaración debe incluir todas tus deudas, incluyendo las que estás pagando al día. Ocultar deudas es causal de rechazo y puede tener consecuencias legales.
No tener propuesta de pago. La Superir exige que llegues con una propuesta concreta para cada deuda. No tiene que ser perfecta, pero tiene que existir.
Documentos desactualizados. Los certificados de deuda, cotizaciones y dominio deben ser recientes. Un certificado de hace seis meses probablemente no sirva.
Tener un juicio ejecutivo notificado. Si ya te notificaron formalmente de una demanda ejecutiva (no laboral), no puedes iniciar la renegociación. En ese caso debes evaluar otras alternativas con asesoría legal.
Casos especiales frecuentes
¿Y si emito boletas de honorarios?
Sí puedes. ChileAtiende lo confirma explícitamente. El requisito de “no tener movimientos de primera categoría” no aplica a quienes emiten boletas — eso es segunda categoría.
¿Y si tengo un juicio de cobranza activo?
Si la demanda ejecutiva ya fue notificada formalmente, no puedes iniciar la renegociación. Si la cobranza es extrajudicial (llamadas, cartas, cobradores), sí puedes.
¿Y si no tengo bienes?
Puedes igualmente iniciar el proceso. La declaración de bienes puede ser “no tengo bienes”. Eso no te descalifica — la renegociación busca un acuerdo de pago con tus ingresos futuros, no necesariamente con tus bienes actuales.
¿Y si hay deudas de alimentos (pensión alimenticia)?
Las deudas de alimentos no entran en el procedimiento de renegociación — tienen un tratamiento legal distinto.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta? Nada. El trámite es completamente gratuito. No necesitas pagar a nadie ni contratar un abogado.
¿Necesito abogado? No. La Superir actúa como mediadora y el proceso está diseñado para que cualquier persona lo haga sola. Puedes pedir asesoría gratuita en la Corporación de Asistencia Judicial si tienes dudas.
¿Cuánto demora el proceso completo? Depende de la completitud de tus antecedentes, de la respuesta de los acreedores y de si la solicitud requiere rectificaciones. Usa los plazos administrativos de admisibilidad como referencia, pero asume que el proceso completo puede extenderse más si faltan documentos o no hay acuerdo rápido.
¿Puedo seguir usando mis cuentas bancarias durante el proceso? Sí. La renegociación no congela tus cuentas ni te impide operar financieramente mientras el proceso avanza.
¿Qué pasa si no llego a acuerdo? Si no hay acuerdo en la audiencia de renegociación, el proceso pasa a la audiencia de ejecución (venta de bienes). Si tampoco hay acuerdo ahí, la Superir envía los antecedentes al tribunal para iniciar un proceso de Liquidación Simplificada — que es esencialmente declararte insolvente y liquidar tus bienes para pagar las deudas.
¿Me limpian el historial de deudas automáticamente? No automáticamente. Después de lograr el acuerdo, tú debes solicitarlo ante la CMF y el Boletín Comercial, presentando la resolución de acuerdo.
Antes de presentar la solicitud, estima tu escenario con un simulador de renegociación y llega con tus acreedores ya ordenados.
Contenido informativo; no reemplaza asesoría profesional personalizada.


