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Monedario
Previsión y Trabajo Ley 21.133

Ley 21.133: Retención Boletas de Honorarios

Establece la cotización previsional y de salud obligatoria progresiva para trabajadores a honorarios en Chile, implementada a través de la retención sobre boletas.

Vigente desde: enero de 2019 Última modificación: enero de 2022 Texto oficial en BCN ↗
⚠️ Contenido educativo. Esta ficha resume la normativa en términos accesibles. El texto oficial publicado en la BCN prevalece ante cualquier discrepancia. Para situaciones concretas consulta a un profesional calificado.

La Ley 21.133 estableció el sistema de retención obligatoria sobre boletas de honorarios en Chile. Si eres independiente y emites boletas, el SII retiene un porcentaje directamente —sin que tengas que declararlo tú— y lo destina a tu cobertura previsional y de salud.

¿Qué regula?

La Ley 21.133 estableció un sistema de integración previsional gradual para trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios. Antes de esta ley, los honorarios cotizaban de forma completamente voluntaria. La ley los incorporó al sistema obligatorio con una retención progresiva que se aplica directamente sobre cada boleta y que se liquida en la Operación Renta.

Puntos clave para personas

¿Cómo funciona la retención?

Quien emite una boleta de honorarios tiene un porcentaje retenido automáticamente por el SII. Ese porcentaje se incrementa año a año hasta alcanzar el nivel permanente. La retención se usa para pagar cotizaciones de AFP y de salud (Fonasa) durante la Operación Renta del año siguiente.

Cronograma de retención vigente

Año tributario% retención brutaCobertura
202417,5%AFP + salud + accidentes del trabajo (parcial)
202517,5%AFP + salud + accidentes del trabajo
202617,75%AFP + salud + accidentes del trabajo (verificar con SII)

Los porcentajes exactos por año se actualizan en la tabla oficial del SII.

¿Qué prestaciones cubre la cotización?

¿Hay derecho a devolución?

Sí. Si la retención acumulada del año supera las cotizaciones efectivamente adeudadas, el SII devuelve el exceso en la Operación Renta. Si hay déficit, el SII cobra la diferencia.

Artículos de referencia clave

ArtículoContenido
Art. 1°Obligatoriedad de cotización para independientes
Art. 2°Definición de trabajador independiente cubierto
Art. 3°Porcentajes de retención y cronograma
Art. 5°Liquidación anual en renta y devolución de excesos
Art. 8°Cobertura de prestaciones por accidentes del trabajo

Texto oficial

Texto completo: BCN — Ley 21.133

Tabla de retenciones vigentes: SII — Boletas de honorarios


Última verificación: marzo 2026. Esta ficha es educativa, no asesoría tributaria.

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