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Monedario
Protección al Consumidor Ley 20.009 / 21.234

Leyes 20.009 y 21.234: Fraude con Tarjetas

Regula la responsabilidad del titular de tarjeta ante clonación, robo o uso no autorizado. La Ley 21.234 (2020) amplió la cobertura a tarjetas de débito y casas comerciales y reforzó la obligación del banco de restituir fondos.

Vigente desde: abril de 2005 Última modificación: junio de 2020 Texto oficial en BCN ↗
⚠️ Contenido educativo. Esta ficha resume la normativa en términos accesibles. El texto oficial publicado en la BCN prevalece ante cualquier discrepancia. Para situaciones concretas consulta a un profesional calificado.

Las Leyes 20.009 y 21.234 te protegen cuando te roban, clonan o usan sin permiso una tarjeta de crédito o débito. La regla central es clara: si reportas el fraude a tu banco, ellos deben devolverte el dinero. Acá qué plazos tienes y qué obligaciones tiene tu banco.

¿Qué regula?

La Ley 20.009 establece a quién le corresponde pagar cuando se usa una tarjeta sin autorización del titular: por robo, extravío, clonación o uso fraudulento. Define cuándo el banco o emisor absorbe la pérdida y cuándo puede imputarla al titular.

La modificación de 2020 extendió su aplicación a las tarjetas de débito y las tarjetas emitidas por casas comerciales (no solo bancarias), ampliando significativamente su cobertura.

Puntos clave para personas

¿Cuándo no respondo por operaciones no reconocidas?

Cuando notificas al emisor antes de que ocurra la operación fraudulenta o inmediatamente después de detectarla. Notificada la pérdida o robo, el emisor asume la responsabilidad por las operaciones posteriores.

¿Y si no me di cuenta a tiempo?

Si el fraude ocurre antes de que lo reportes, el titular puede responder por un máximo de 35 UF por las operaciones no autorizadas anteriores a la notificación — siempre que no haya habido negligencia grave del titular (como anotar el PIN en la misma tarjeta).

Si el banco no puede probar negligencia grave del titular, la responsabilidad es del emisor.

Artículos de referencia clave

ArtículoContenido
Art. 2°Define operaciones cubiertas: todas las realizadas con tarjeta sin presencia física del titular
Art. 3°Responsabilidad del emisor desde la notificación
Art. 4°Responsabilidad máxima del titular anterior a notificación (35 UF)
Art. 5°Procedimiento de denuncia y plazos para el emisor
Art. 6°Casos de negligencia grave que excluyen la protección

¿Qué tienes que hacer ante un fraude?

  1. Bloquear la tarjeta inmediatamente desde la app del banco o llamando al número de emergencias.
  2. Denunciar al emisor por escrito (email, carta, app) — esa notificación es tu protección legal.
  3. Hacer la denuncia policial (Carabineros o PDI) — el emisor puede requerirla para procesar tu reclamo.
  4. Si el emisor rechaza el reclamo, escalar a la CMF a través del Portal del Consumidor Financiero.

Texto oficial

Texto completo y modificaciones: BCN — Ley 20.009


Última verificación: marzo 2026. Esta ficha es educativa, no asesoría legal.

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