Gratificación
La gratificación es la parte de las utilidades de la empresa que la ley obliga a distribuir entre los trabajadores que han prestado servicios durante el año. Está regulada por los artículos 47 al 52 del Código del Trabajo.
¿Cuándo es obligatoria?
La empresa debe pagar gratificación cuando:
- Ha tenido utilidades líquidas en el año calendario, y
- Sus actividades están sujetas al Impuesto de Primera Categoría.
Si la empresa tuvo pérdidas, no está obligada a pagar gratificación legal.
Dos modalidades de pago
Artículo 47 — Gratificación legal (variable): Se paga el 25% de las utilidades líquidas del año, distribuido entre los trabajadores a prorrata de los sueldos pagados durante el ejercicio. El tope por trabajador es de 4,75 ingresos mínimos mensuales anuales.
Artículo 50 — Gratificación garantizada (fija): La empresa paga mensualmente o en el mes acordado el equivalente al 25% de la remuneración mensual del trabajador, con un tope de 4,75 IMM / 12 al mes. Este sistema es más frecuente porque simplifica la administración sin necesidad de esperar el balance anual.
Gratificación y sueldo líquido
La gratificación garantizada suele aparecer integrada en la liquidación de sueldo como un ítem, a veces junto al sueldo base. Incrementa la renta imponible del trabajador, por lo que afecta el cálculo de AFP, salud e impuesto.
Gratificación en el finiquito
Al calcular el finiquito, si queda gratificación proporcional pendiente de pago (trabajaste parte del año), la empresa debe incluirla en el cálculo.
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